La Haya: Chile respondio a tres contrademandas de Bolivia por Rio Silala – La Nacion
Siguen los alegatos orales ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ por el estatus juridico del Rio Silala, donde Bolivia alude un flujo desviado “artificialmente” hacia territorio y Chile pais pide que se declare como un curso de agua internacional con derecho consuetudinario.
Este miercoles fue el turno de Chile de responder a los argumentos de las tres contrademandas bolivianas.
“En su primera contrademanda, Bolivia solicita a la Corte que declare que Bolivia tiene soberania sobre los canales artificiales y sistemas de drenaje relacionados con las aguas del Silala, ubicados en su territorio. Como corolario de esta soberania, Bolivia tambien pidio a la Corte que se pronuncie sobre su derecho a decidir si mantener estos canales y sistemas de drenaje y como hacerlo”, indico la profesora Laurence Boisson De Chazournes, consigno Emol.
Al respecto, la analista indico que “Bolivia argumenta erroneamente que no existe un acuerdo entre las partes en cuanto a su soberania sobre las instalaciones mencionadas y su mantenimiento y funcionamiento. Sin embargo, Chile siempre ha reconocido la soberania de Bolivia sobre los canales situados en su territorio”.
Asi, apunto a que “la cuestion del desmantelamiento de los canales no se menciono en los intercambios que acabo de presentar. En cambio, si se evoco la amenaza de Bolivia de cortar del flujo de agua del Silala a Chile”.
“Por tanto, no existia una disputa sobre el desmantelamiento de los canales antes de que la Corte fuera consultada, pero si existia una disputa entre Chile y Bolivia sobre las aguas del Silala”, consigno.
Respecto a la segunda contrademanda, el abogado Stephen Mccaffrey acuso que “Bolivia abandono la soberania como base de sus reivindicaciones con respecto a lo que denomina el canal artificial”.
El academico apunto a que el pais vecino propone una suerte de “vacio juridico” al declarar que “el Silala es demasiado unico como para verse gobernado por la ley internacional consuetudinaria aplicable a los cursos de agua internacionales”.“Roza lo absurdo sugerir que algunas de las aguas del Silala se convierten en aguas no internacionales, porque pasan a traves de obras fabricadas por los seres humanos y que asi se las excluya automaticamente del sistema de aguas que constituye un curso de agua internacional”, añadio.
“Los argumentos de Bolivia de que un estado ribereño que tenga una porcion del caudal del curso de agua y pueda quedarse con la titularidad de ese caudal, simplemente al desarrollar una infraestructura sobre ese curso o como se ha entendido aqui por parte de Bolivia, es una propuesta muy peligrosa por lo que se refiere a la gobernanza de los cursos de agua internacionales”, advirtio.
De esta manera, recalco que “Chile solicita que la Corte declare y confirme que el derecho internacional no reconoce el concepto de caudal artificial”.
Y la tercera contrademanda que apunta a que Chile debe pagar compensacion por el uso de las aguas, el abogado Alan Boyle indico que “las practicas de los Estados y el derecho de uso de aguas internacionales simplemente no lo apoya, un Estado corriente arriba no puede cargar un Estado corriente abajo por aguas que emanan de su territorio o por obras en su propio territorio que nunca fueron solicitadas o contenidas por el Estado aguas mas abajo”.
“Bolivia si lo desea puede eliminar las canalizaciones y los beneficios a los que disfruta Chile en la actualidad, como han insistido mis colegas. Chile no presenta objeciones a la retirada de las canalizaciones”, añadio.
Ademas, apunto a “las repercusiones mas amplias a los posibles pagos por aguas del Silala, si fueren reconocidos. Si aceptaran ustedes cualquier parte de la demanda sin precedentes de Bolivia, respecto del pago por las aguas del Silala, las implicaciones para los estados corriente abajo en todo el mundo serian muy preocupantes y considerables”.
“Nosotros decimos que Chile es libre de usar las aguas del Silala como le plazca, sin pago o acuerdo alguno adicional, siempre y cuando naturalmente su uso sea equitativo y razonable. Invitamos a que la Corte falle en consecuencia”, cerro.