Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena a Peru abstenerse de liberar a Fujimori
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordeno este viernes al Estado de Peru abstenerse de liberar de prision al expresidente Alberto Fujimori, a quien el Tribunal Constitucional peruano restituyo un indulto.
“El Estado del Peru debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Peru el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre de 2017″, indica una resolucion de la Corte IDH.
Resolucion de la @CorteIDH Solicitud de Medidas Provisionales y Supervision de Cumplimiento de Sentencia en Caso Barrios Altos y Caso La Cantuta Vs. Peru 🇵🇪, del 7 de abril de 2022.
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— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) April 8, 2022
El Tribunal Constitucional de Peru admitio un habeas corpus que restituyo el indulto humanitario otorgado a Fujimori en 2017 por el entonces presidente, Pedro Pablo Kuczynski.
La Corte IDH, con sede en Costa Rica, explico que la orden de no liberar a Fujimori se fundamenta en que el Estado “no cumplio con las condiciones determinadas” en otra resolucion de supervision de cumplimiento de sentencias emitida el 30 de mayo de 2018.
“En casos de graves violaciones de derechos humanos la medida o figura juridica (que permita proteger la salud, la vida e integridad del condenado) debe ser la que menos restrinja el derecho de acceso a la justicia de las victimas (…) y debe ser aplicada en casos muy extremos y por una necesidad imperante“, detallo la Corte IDH.
El tribunal agrego que “esto no significa que la figura juridica o medida que tenga que adoptar el Estado sea necesariamente una que ponga en libertad al condenado y, mucho menos, que implique la extincion de la pena”.
La Corte IDH tambien requirio al Estado de Peru que presente, a mas tardar el 13 de mayo de 2022, un informe sobre el cumplimiento de la obligacion de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional que restituye los efectos al indulto “por razones humanitarias”.
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El pasado 1 de abril la Corte IDH llevo a cabo una audiencia extraordinaria acerca de este caso, en la que organizaciones y victimas de violaciones a los derechos humanos solicitaron a los jueces que garanticen el derecho al acceso a la justicia e impida la liberacion de prision del expresidente Fujimori.
Los representantes de las victimas de las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, casos juzgados por la Corte IDH en 2001 y 2006, pidieron al tribunal continental que conceda medidas provisionales para evitar daños al derecho de acceso a las justicia para las victimas.
Los argumentos de los representantes señalan que el indulto contraviene las sentencias de fondo de ambos casos y que carece de efecto juridico.
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Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de carcel por la autoria mediata (con dominio del hecho) de las matanzas de La Cantuta y Barrios Altos, en las que murieron 25 personas, y el secuestro de un periodista y un empresario en 1992.
La Corte Interamericana tambien condeno a Peru en 2001 por el caso Barrios Altos y en 2006 por el de La Cantuta, y ordeno al Estado castigar a los responsables.
Los representantes del Estado peruano dijeron en la audiencia ante la Corte Interamericana que respetaran la resolucion del alto tribunal hemisferico y que el presidente del pais Pedro Castillo esta comprometido con ello.